REGLAMENTO PARA LAS ELECCIONES DEL MUNICIPIO ESCOLAR 2014
I.E. "JOSÉ DOMINGO ATOCHE" - PATAPO
1.
FINALIDAD:
Normar la
organización, implementación y funcionamiento del Municipio Escolar en la
Institución Educativa “JOSÉ DOMINGO
ATOCHE” del nivel secundario del Distrito de Pátapo.
I.
OBJETIVOS:
·
Constituirse en espacios formativos
para promover la participación democrática de las y los estudiantes.
·
Contribuir a la formación integral de
los y las estudiantes a través del desarrollo de valores relacionados a ciudadanía y democracia.
·
Aportar a la construcción de una nueva
cultura que reconozca a los y las estudiantes como sujetos sociales de derecho
con capacidad de contribuir en su desarrollo personal y al de su Institución
Educativa, familia y comunidad.
·
Involucrar a la comunidad educativa en
la defensa y promoción de los derechos de los y las estudiantes.
II.
BASES LEGALES:
·
Constitución Política del Perú.
·
Decreto Ley Nº 25762, modificado por
Ley Nº 26510, Ley Orgánica del
Ministerio de educación.
·
Ley N° 28044, Ley General de
educación.
·
Ley N° 27337, Código de los Niños y
Adolescentes.
·
Decreto Supremo N° 013-2004-ED, que
aprueba el Reglamento de Educación Básica Regular.
·
Resolución
Ministerial Nº 440-2008-ED, que aprueba el Diseño Curricular Nacional de la educación Básica Regular.
·
Resolución Vice Ministerial N° 0067-2011-ED, que aprueba
las Normas y orientaciones, Implementación y Funcionamiento de los Municipios
Escolares”.
III. ALCANCES:
·
Todo el alumnado del nivel secundario de
la Institución Educativa “José Domingo Atoche” de Pátapo.
·
Profesores de la Institución
educativa.
·
Personal administrativo de la
Institución Educativa.
·
Asociación de Padres de familia.
IV. DISPOSICIONES GENERALES:
·
El Ministerio de educación a través de
la Dirección Nacional de educación Básica Regular, ha normado, coordinado y orientado la
implementación de las acciones educativas referidas a los Municipios escolares.
V. DEL CONCEJO ESCOLAR:
a)
El Concejo Escolar está constituido
por los delegados de las aulas de la Institución Educativa y la Directiva. Es
la máxima instancia de gobierno del Municipio Escolar y está presidido por el
Alcalde o la Alcaldesa.
b)
El Concejo Escolar emitirá las
ordenanzas que considere pertinente.
c)
El Concejo Escolar tiene como
finalidad aprobar y participar en la ejecución y evaluación del Plan de trabajo
de la Directiva del Municipio Escolar.
d)
A nivel de aula se elegirá por voto
universal y secreto con la mitad más uno, al delegado de aula. Este delegado se
encargará de canalizar los intereses, motivaciones y necesidades específicas de
quienes representa en el Concejo Escolar.
e)
Las funciones de los delegados de aula son los
siguientes
· Representar
al aula en las actividades realizadas por el Municipio Escolar.
· Conformar
las comisiones de trabajo correspondientes a cada regiduría.
· Promover
en cada aula la participación de los estudiantes.
· Organizar
y realizar las actividades propias de cada aula en coordinación con sus docentes.
- Todos los estudiantes son integrantes del Municipio Escolar y tienen los siguientes derechos:
·
Elegir y ser elegidos representantes
del Municipio Escolar.
·
Elegir y ser elegido como delegado
para formar parte del Concejo Escolar.
·
Plantear por escrito o verbalmente
sugerencias, reclamos o pedidos al Municipio Escolar y / o delegados de aula.
- Los estudiantes en su condición de integrantes del Municipio Escolar tienen las siguientes responsabilidades:
·
Cumplir con las comisiones de trabajo
que se les encargue.
·
Cumplir los decretos y ordenanzas
dadas por el Municipio Escolar.
·
Aceptar las sanciones que imponga el
Municipio Escolar por incumplimiento de sus responsabilidades.
VI. QUIENES PUEDEN VOTAR
1.
Votarán en las elecciones todos los y
las estudiantes matriculados en la Institución Educativa “José Domingo Atoche”
del distrito de Pátapo.
2.
Los y las estudiantes deberán
presentarse a sufragar portando su DNI.
3.
Los y las estudiantes que no sufraguen
se harán acreedores a una multa de S/. 5.00 y a los Miembros de mesa una multa
de S/. 7.00.
VII. COMITÉ ELECTORAL:
El organismo
encargado de las elecciones y su organización es el Comité Electoral quien
convoca u organiza, conduce y resuelve las controversias del proceso tiene como
funciones:
1.
Sortear a los estudiantes matriculados
en la Institución Educativa para ser miembros de mesa el día 28 de noviembre del
2014.
2.
Revisar y aprobar la lista de
candidatos al Municipio Escolar en función a los requisitos establecidos en el reglamento.
3.
Publicará y difundirá las listas de
candidatos hasta 7 días antes de las elecciones.
4.
Elaborar el acta final de resultados concluida
las elecciones y proclamará la lista ganadora a nivel de la Institución
Educativa en coordinación con los directivos y docentes asesores de la misma.
5.
Publicar en lugar visible de la
Institución Educativa los resultados finales de la elección.
6.
Realizar la juramentación de cada uno
de los integrantes elegidos para el Municipio Escolar. Luego de ser proclamado los
resultados.
VIII. FECHA DE LAS ELECCIONES:
Las elecciones
se realizarán el día viernes 28 de noviembre
del 2014 a partir de las 08.00a.m. hasta las 01.00 p.m.
IX. REQUISITOS PARA SER CANDIDATOS:
a)
Los (as) estudiantes (as) matriculados
excepto los alumnos del quinto año de secundaria.
b)
Las listas estarán conformados por no
menos de un 50% de cada género.
c)
Para la formación de listas pueden
integrarse con estudiantes (as) de los diferentes grados.
d)
Presentar un Plan de trabajo a realizar durante el año 2015 y un símbolo, número o letra que lo identifique.
e)
Cada lista detalla los cargos a lo que
postula los candidatos debidamente identificados con su DNI.
f)
Para ser candidato(a), el estudiante no debe
haber sido sancionado por conducta.
X. INSCRIPCIÓN DE LISTAS:
1.
Pueden presentarse como mínimo
dos y como máximo cuatro, representados
por un profesor de la Institución Educativa quien asesora la gestión.
2. El
plazo para inscribir a la lista de candidatos deberá ser de 15 días antes de la elección.
XI. DE LOS PERSONEROS
· Son
los representantes de las listas de candidatos.
·
Vigilan la limpieza del escrutinio y defienden sus votos.
XII. CAMPAÑA ELECTORAL
a)
Es el periodo en que las listas hacen
propaganda tratando de ganar votos. Etapa en la que debaten los candidatos debe
terminar el día martes 25 de noviembre del 2014.
b)
Los directivos de la Instituciones
Educativa crearán las condiciones y espacios necesarios con igualdad de oportunidades, para que los candidatos puedan presentar sus propuestas de
trabajo a sus compañeros.
c)
Tendrán horarios establecidos para dar
a conocer su plan de trabajo.
d)
Durante la campaña electoral se debe promover
debates, foros, conferencias, visitas a las aulas, encuestas de manera que
todos los candidatos tengan la posibilidad de dar a conocer su Plan de Trabajo.
e)
La Oficina Regional de Coordinación de
Chiclayo/ ONPE brindará apoyo, asistencia en el proceso electoral del Municipio
escolar.
XIII. ETAPA PREVIA A LA ELECCIÓN DEL
MUNICIPIO ESCOLAR
· El
comité electoral estará integrado por alumnos del quinto año del nivel
secundario previa elección por todo el alumnado de la Institución Educativa.
· El
comité electoral deberá elaborar un Reglamento Electoral en la cual estipulará
el proceso a desarrollarse.
· La
Institución Educativa deberá facilitar un padrón de electores para el Comité
Electoral para los fines de control en el proceso Electoral.
· El
Comité Electoral se encargará de la planificación y organización de las
elecciones del Municipio Escolar hasta el acto de juramentación.
ETAPA DE ELECCIÓN DEL MUNICIPIO ESCOLAR
·
CONVOCATORIA:
·
INSCRIPCIÓN DE LISTAS
·
IMPUGNACIONES A LA INSCRIPCIÓN DE
LISTAS DE CANDIDATOS.
·
CAMPAÑA ELECTORAL
·
ELECCIÓN DEL MUNICIPIO ESCOLAR
·
PROCLAMACIÓN DE LA LISTA GANADORA
·
JURAMENTACIÓN DEL MUNICIPIO ESCOLAR
EL MUNICIPIO ESCOLAR
Es
el organismo que representa a los estudiantes de la Institución Educativa,
elegido en forma democrática por voto universal y secreto y tiene como
finalidad promover la participación estudiantil para el ejercicio de sus
deberes y derechos.
El
municipio Escolar está conformado por dos organismos la Directiva y El concejo
Escolar.
Cada
Municipio Escolar elaborará su Reglamento Interno el cual será aprobado por el
Concejo Escolar en concordancia con la presente norma.
LA DIRECTIVA DEL
CONCEJO ESCOLAR
Estará
constituida por los siguientes cargos:
a)
ALCALDE (SA)
b)
TENIENTE ALCALDE (SA)
c)
REGIDOR (A) DE EDUCACIÓN, CULTURA,
RECREACIÓN Y DEPORTE.
d)
REGIDOR (A) DE SALUD Y MEDIO AMBIENTE.
e)
REGIDOR (A) DE EMPRENDIMIENTO Y
ACTIVIDADES PRODUCTIVAS.
f)
REGIDOR (A) DE DERECHOS DEL NIÑO, NIÑA
Y ADOLESCENTE.
g)
REGIDOR (A) DE COMUNICACIÓN Y
TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN.
Los
casos no contemplados en el presente Reglamento serán resueltos por el Concejo
Electoral.
ROCÍO
ELIZABETH FIGUEROA COBEÑAS-5° “C”
TITULAR |
LETICIA CATHERINE CORNEJO PEÑA -5° “D”
TITULAR
|
JEANPIERRE JHUNIOR
J. ESPINOZA CABREJOS-5° “A”
TITULAR
|
JUAN CARLOS LARA
MELENDEZ-5° “A”
SUPLENTE
|
LADY STEFANNY
CASTILLO FERNANDEZ-5° “E”
SUPLENTE
|
PATRICIA ELENA GASTELO PEREZ -5° “B”
SUPLENTE
|
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